Visas para Extranjeros

Los trámites para visas de ingreso al Paraguay dependen de si el país tiene o no suscriptos acuerdos de Supresión de visas (Nacionalidades que requieren visa para el ingreso al Paraguay).

  • Modalidades y tipos de visas.
  • Requisitos para la solicitud de visas de entrada al Paraguay.
  • Tipos de visas: (para países que requieren)
  • Visa de comparecencia           
  • Visa de arribo

Visa con comparecencia

Requisitos según el artículo 5 de la Resolución 1384/12.

Esta modalidad es para los extranjeros que comparecen ante una Embajada o Consulado del Paraguay para solicitar la visa, y son de aquellas nacionalidades comprendidas en el Artículo 1º de la Resolución 210/2023, así como en la Resolución 1075/2016.

Las notas de invitación y requisitos deben presentarse en físico con una antelación mínima de 30 días de la venida del extranjero invitado.

  1. Nota de invitación dirigida al Director de Pasaportes y Servicios Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  2. Nota de invitación dirigida al Jefe de Misión de la Embajada o Consulado del Paraguay donde se presentará el extranjero a solicitar la visa. Observación: Las notas de invitación de empresas y organizaciones deben contar con el membrete y sello de las mismas, si los tienen.
  1. Copia autenticada de la Cédula de Identidad Civil del firmante de la nota.
  2. Copia autenticada del carnet de radicación del invitante (si el invitante es un extranjero residente en Paraguay)
  3. Copia autenticada de la Cédula de Identidad Civil de la persona que entrega la documentación (en caso de terceros)
  4. Solo empresas invitantes: Copia autenticada de la escritura de constitución de la empresa.
  5. Copia del Registro Único del Contribuyente (RUC) o Constancia de No Ser Contribuyente.
  6. Copia del Certificado de Cumplimiento Tributario y Constancia de RUC.
  7. Copia de los recibos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagados en los últimos 6 meses por la empresa invitante.
  8. Solo empresas invitantes: Copia de pago del IPS de los empleados de la empresa.
  9. Copia de la factura de ANDE del invitante.
  10. Prueba de solvencia económica del invitante, si no es una empresa (por ejemplo: certificado de trabajo y/o extracto de cuenta)
  11. Copia del pasaporte vigente del invitado, mínimo hasta 6 meses de la fecha del vencimiento, y de las visas expedidas de otros países, si las hubiera.
  12. En todos los casos que el invitado sea mayor de edad: Copia del certificado de antecedentes del invitado, apostillado o legalizado en el Consulado del Paraguay que corresponda y traducido.
  13. Si el invitado es padre, madre o hijo del invitante: Copia del certificado de nacimiento del invitado y del invitante, apostillado o legalizado en el Consulado del Paraguay que corresponda y traducido.
  14. Si el invitado es cónyuge del invitante: Copia del certificado de matrimonio o de unión de hecho, apostillado o legalizado en el Consulado del Paraguay que corresponda y traducido
  15. Si el invitado es técnico o visitante de negocios: Certificado de trabajo y pruebas de su solvencia económica.
  16. Copia del itinerario del viaje del invitado.

 

Cuando la Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares crea pertinente, podrá requerir documentación adicional de respaldo a la solicitud.

Cuando el ciudadano extranjero abandona el país, la empresa invitante está obligada a comunicar la salida del mismo mediante nota, adjuntando copia del sello de salida.

Obs: Una vez que se hayan presentado TODOS estos requisitos, se dispone de un tiempo de proceso de HASTA 30 DÍAS DE LA SOLICITUD DE VISA. En caso de que uno de estos requisitos no se haya cumplido, no se podrá dar inicio al mencionado proceso.

Una vez ingresado el expediente, queda sujeto a verificación de las autoridades. La representación donde comparecerá el extranjero es la autoridad que comunicará al mismo el resultado de la solicitud.

OBS.: Una vez que se hayan presentado TODOS estos requisitos y que el invitado se haya presentado ante la embajada/consulado a solicitar la visa, se dispone de un tiempo de proceso de HASTA 15 DÍAS (HÁBILES) de la solicitud de visa, conforme al Art. 8 de la Resolución 1384/12 y la Resolución 210/2023. En caso de que uno de estos requisitos no se haya cumplido, no se podrá dar inicio al mencionado proceso.

Una vez ingresado el expediente, queda sujeto a verificación de las autoridades. La representación donde comparecerá el extranjero es la autoridad que comunicará al mismo el resultado de la solicitud.

Visa de arribo

Requisitos según el artículo 5 de la Resolución 1384/12

Los nacionales de Australia, Canadá, Estados Unidos de América, Qatar, Nueva Zelanda, Omán y Taiwán tienen concedida la visa de arribo a su llegada al aeropuerto internacional Silvio Pettirossi, sin necesidad de trámite previo.

Por otra parte, puede solicitarse esta modalidad de visa de arribo cuando el extranjero que no sea de las nacionalidades listadas en el párrafo anterior no comparece ante una Embajada o Consulado del Paraguay para solicitar la visa.

El recurso a esta modalidad se da de forma excepcional, de acuerdo al interés social, cultural, económico o por razones debidamente justificadas. Como primer término, esta modalidad podrá solicitarse si el extranjero que requiere de visa de ingreso se encuentra en un país en el que Paraguay no cuente con sede diplomática o consular.

Si la visa está aprobada, el Viceministerio de Administración y Asuntos Técnicos expide una resolución que autoriza a la Oficina de Visas en Arribo, ubicada en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, la expedición de la visa a favor del extranjero, una vez llegado al Paraguay.

La nota de solicitud de VISA DE ARRIBO y requisitos deben presentarse en físico ante la Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares con una antelación mínima de 30 DÍAS DE LA VENIDA DEL EXTRANJERO INVITADO.

  1. Nota de invitación dirigida al viceministro de Administración y Asuntos Técnicos. Observación: Las notas de invitación de empresas y organizaciones deben contar con el membrete y sello de las mismas, si los tienen.
  2. Copia autenticada de la Cédula de Identidad Civil del firmante de la nota.
  3. Copia autenticada del carnet de radicación del invitante (si el invitante es un extranjero residente en Paraguay)
  4. Copia autenticada de la Cédula de Identidad Civil de la persona que entrega la documentación (en caso de terceros)
  5. Solo empresas invitantes: Copia autenticada de la escritura de constitución de la empresa.
  6. Copia del Registro Único del Contribuyente (RUC) o Constancia de No Contribuyente.
  7. Copia del Certificado de Cumplimiento Tributario.
  8. Copia de los recibos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagados en los últimos 6 meses por la empresa invitante.
  9. Solo empresas invitantes: Copia de pago del IPS de los empleados de la empresa.
  10. Copia de la factura de ANDE del invitante.
  11. Prueba de solvencia económica del invitante, si no es una empresa (por ejemplo: certificado de trabajo y/o extracto de cuenta).
  12. Formulario de solicitud de visa No residente, completo en todas las casillas, con la foto carnet (actualizada y sin anteojos) y firmado a puño y letra por el invitado.
  13. Copia de pasaporte vigente del invitado, mínimo hasta 6 meses antes de la fecha del vencimiento, y de visas expedidas por otros países, si las hubiera.
  1. En caso de que la DPSC considere necesario, se requerirá: Original y copia del certificado de antecedentes penales del invitado, apostillado o legalizado en el Consulado del Paraguay que corresponda y traducido.
  2. Si el invitado es padre, madre o hijo del invitante: copia del certificado de nacimiento del invitado y del invitante, apostillado o legalizado en el Consulado del Paraguay que corresponda y traducido. En caso de considerarse, se solicitará el original.
  3. Si el invitado es cónyuge del invitante: Original y copia del certificado de matrimonio o de unión de hecho, apostillado o legalizado en el Consulado del Paraguay que corresponda y traducido
  4. Si el invitado es técnico o visitante de negocios: Certificado de trabajo y pruebas de su solvencia económica.
  5. Copia del itinerario del viaje del invitado.

 

Cuando la Dirección de Pasaportes y Servicios Consulares crea pertinente, podrá requerir documentación adicional de respaldo a la solicitud.

Cuando el ciudadano extranjero abandona el país, la empresa invitante está obligada a comunicar la salida del mismo mediante nota, adjuntando copia del sello de salida.

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