Apertura de Empresas, Sociedades, ONG y otros Emprendimientos

Para la apertura de empresas, sociedades, ONG y otros emprendimientos ofrecemos servicios integrales, que incluyen desde la constitución, el registro en las instituciones del estado paraguayo hasta los procesos tributarios necesarios en el marco de las leyes de la República del Paraguay.

Para Apertura de Empresas y Sociedades

Requisitos generales para personas jurídicas:

  • 1 (un)  Original Formulario N° 2, Apertura de Empresas Jurídicas.
  • 1 (una) Fotocopia autenticada de la Cédula de Identidad del representante legal, directivos y socios
  • 1 (un) Original y 2 Fotocopias autenticadas de la Escritura Pública (en hoja tamaño oficio)
  • 1 (una) Caratula Rogatoria, de la Dirección Gral. de Registros Públicos (Original). (Sellada y firmada por el Escribano).
  • 1 (un)  Original de la Minuta de Inscripción para personas Jurídicas y Asociaciones y Registro Público de Comercio
  • 1 (un)  Original de la Minuta de Inscripción para Matricula de Comerciante
  • 2 (dos) Dictamen de Abogacía del tesoro
  • 1 (una) Copia de la liquidación del Pago de la tasa por el siguiente concepto:
  1. Tasa judicial por inscripción en el Registro de Personas Jurídicas
  2. Tasa especial
  • 1 (una) Copia de la liquidación del Pago de la tasa por el siguiente concepto:
  1. Tasa judicial por inscripción de la Matricula de Comerciante
  2. Tasa especial

Nota: El pago se puede realizar a través de locales de cobranza habilitadas para el efecto.

Además de los requisitos generales arriba mencionados, se deben adjuntar las siguientes documentaciones

En caso de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Para las demás sociedades previstas en nuestra legislación deberán acompañar la AUTORIZACION JUDICIAL correspondiente.

En caso de la Sociedad constituida en el extranjero (Sucursal)

ESCRITURA PÚBLICA ORIGINAL, donde consta la protocolización de los siguientes documentos:

  1. Estatuto de Constitución del país de origen, debidamente legalizado (original)
  2. Acuerdo o decisión de crear la Sucursal o Establecimiento en el Paraguay, debidamente legalizado, debiendo contener los requisitos prescriptos en el Art. 1197 del Código Civil Paraguayo, que dispone: “A los fines del cumplimiento de las formalidades, toda Sociedad constituida en el Extranjero que desee ejercer su actividad en el territorio nacional debe:
  • Establecer una representación con domicilio en el país.
  • Acreditar que la sociedad ha sido constituida con arreglo a las Leyes de su país.
  • Justificar de igual forma, el Acuerdo o decisión de crear la Sucursal o representación, el capital que se le asigne, en su caso, y la designación de los representantes legales”.

 

Nota: El poder deberá estar inscripto en la Sección Poderes del Registro Público de Comercio de la DGRP, mencionando en la Escritura los datos de inscripción y vigencia del mismo.

  1. PARA LOS EXTRANJEROS: CEDULA DE IDENTIDAD PARAGUAYA (Titulares/Directivos o

apoderados de la empresa). (1 copia autenticada).

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